Secretaría de Previsión Social – Continuamos la lucha en todos los frentes contra la confiscatoria ley 11.087

Tramitación de amparo individual

Los afiliados pasivos y activos que deseen interponer una acción de amparo por la afectación de la ley 11.087, pueden realizarla a través del Estudio Jurídico del Dr. Guillermo Carena. Recordamos que, mediante un acuerdo con nuestro Sindicato, los afiliados acceden a condiciones exclusivas que son significativamente menores a los costos judiciales establecidos.

El primer paso es completar una Carta Poder en la Secretaría de Previsión Social. Deberán concurrir de 8 a 14 horas con la copia del DNI (frente y dorso), último recibo de haberes emitido por la Caja de Jubilaciones o de cajero automático y/o clave de Ciudadano Digital, nivel 2.

Con la Carta Poder tendrán que dirigirse a la escribanía Osses para certificar la firma, cuyo costo es cubierto por el Sindicato.

Luego podrán presentarse en el Estudio Jurídico del Dr. Carena para comenzar la tramitación del amparo individual. Existen dos modelos de Carta Poder: uno para activos y otro para jubilados/pensionadas.

COSTOS ADMINISTRATIVOS Y HONORARIOS ACORDADOS

Apertura de exp. jubilados/pensionados: $ 200.000 a ser abonado por el afiliado en el estudio jurídico para dar inicio al trámite.

Apertura de exp. activos: $ 400.000 a ser abonado por el afiliado en el estudio jurídico para dar inicio al trámite.

Honorarios: Se fijó una cuota litis del 15% de la devolución otorgada. El pago se efectuará en el momento en que la Caja haga efectiva la devolución de los haberes descontados.


En cada trámite previsional, estamos presentes

Los afiliados que estén próximos a cumplir la edad jubilatoria o se encuentren en condiciones de empezar el trámite, cuentan con asesoramiento permanente, sin ningún costo, brindado por nuestra asesoría previsional.

Si ya han recibido la notificación de cese laboral de EPEC, los esperamos para iniciar el expediente de jubilación, con la Dra. Liliana Bustos, quien también tramita la pensión por fallecimiento del jubilado titular.

Los atenderá gustosamente los miércoles de 10 a 14 horas en la oficina del 3º piso del Gremio, debiendo concurrir con N° de CUIL y clave de Ciudadano Digital (CiDi).

La secretaría además asesora por impuesto a las Ganancias y temas jurídicos.

Bonificación art. 77 y Obra Social

Ya estando jubilado o pensionada, es necesario que verifiquen en la factura de luz si se les aplica la tarifa por energía bonificada (tarifa de empleado – art. 77 CCT). Esto puede verse en DETALLE DE LIQUIDACIÓN DE CONSUMO.

Como la factura no se va a descontar más por el recibo de sueldo de activo, tendrán que acceder a la boleta por otros canales, por ejemplo, adhiriendo a la factura electrónica o imprimiéndola desde la página de EPEC.

También es importante que se acerquen a la Obra Social con la resolución del beneficio previsional para solicitar la continuidad de la afiliación.

Continuidad de afiliación al Sindicato

Los compañeros y compañeras en situación de pasivos, deberán solicitar la continuidad de la afiliación al Sindicato en la Secretaría de Previsión Social, de lunes a viernes de 8 a 14 horas, o contactarse por WhatsApp al 351 748 4083. Documentación a presentar: Recibo de haberes, DNI original, dos fotos 4×4 y resolución del beneficio de jubilación o pensión, según corresponda

NUESTRA ASESORA PREVISIONAL Y JURÍDICA, DRA. LILIANA BUSTOS, ATIENDE LOS MIÉRCOLES DE 10 A 14 HORAS

Reunión del Sindicato con el Estudio Jurídico Carena