Secretaría de Previsión Social. El Gobierno provincial mantiene el ajuste sobre los haberes de trabajadores activos y pasivos mediante la aplicación de la confiscatoria ley 11.087.

Los gremios aportantes a la Caja de Jubilaciones persistiremos en nuestras acciones conjuntas hasta lograr la eliminación de esta ley que reduce tanto los salarios como jubilaciones y pensiones, a causa de los abusivos aportes extraordinarios.

Sabemos que esta lucha puede prolongarse, por eso no descartaremos ningún tipo de medida de acción directa.

El Movimiento Obrero Unido ha obtenido alguna respuesta en el frente judicial, sin embargo, el Gobierno no acata el fallo del Tribunal Superior que ordenó disminuir del 8% al 6% el aporte extraordinario para un caso particular, sentando un precedente fundamental. Tampoco hay señales de que avance en una baja progresiva del aporte adicional, a pesar del acuerdo con Anses que incrementa los fondos para la Caja de Jubilaciones.

No es un dato menor -y así lo remarcó el TSJ en su resolución-, que el acuerdo financiero modifica el cuadro de situación, por lo que sostener el actual nivel de descuentos resulta arbitrario, además de inadmisible.

Cumplir el fallo es una obligación ineludible de cualquier gobierno sujeto a la división de poderes y la Constitución.

Los gremios aportantes a la Caja seguiremos impulsando acciones judiciales en defensa de nuestros ingresos y profundizaremos el plan de lucha.

_ Cese inmediato de aportes extraordinarios

_ Restitución del 82% móvil original

_ Devolución de la Caja a sus verdaderos dueños: los trabajadores activos y pasivos

Tramitación de amparo individual

Nuevo acuerdo por costos administrativos y honorarios

Para los afiliados activos y pasivos que decidan presentar una acción de amparo, el Sindicato mantiene un acuerdo con el estudio del Dr. Guillermo Carena, por el cual pueden acceder a condiciones exclusivas, significativamente menores a los costos vigentes.

La tramitación se lleva adelante en el fuero Contencioso Administrativo.

Apertura de exp. jubilados/pensionados: $200.000 a ser abonado por el afiliado para dar inicio al trámite, pudiendo convenir la forma de pago con el estudio jurídico.

Apertura de exp. activos: No tendrá costo inicial. En caso de admitirse el amparo, el afiliado abonará una cuota litis equivalente al 30% de la devolución de los haberes descontados, que se mantendrá mientras perdure el amparo.

Si es rechazado el recurso, podrá iniciarse el juicio por la vía contencioso administrativa, para lo cual se deberá pagar el valor de un JUS (tasa judicial).

Para más información, los esperamos en la Secretaría de Previsión Social, de lunes a viernes de 8 a 14 horas, o comunicarse a los teléfonos del Estudio Jurídico Carena–Menvielle: 351 4219321, 4219299, 4229287 y/o por WhastApp al 351 8 045 784.