RECIBIMOS LA CERTIFICACIÓN PROVISORIA DE AUTORIDADES
DE NUESTRO SINDICATO
Compañeros y compañeras, el pasado lunes 26 nuestra organización sindical recibió el Dictamen del Asesor Técnico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, respecto al pedido de impugnación presentada ante ese organismo por integrantes de la lista Rosa, sobre las ejemplares elecciones realizadas en nuestro Sindicato el pasado 7 de diciembre de 2023, con la participación del 92% del padrón.
Como no podía ser de otra manera, el funcionario, respaldándose en principios vertidos por la Corte Suprema de La Nación, por el Convenio 87 de la OIT , La Constitución Nacional y principios fundamentales relacionados con los Derechos Humanos, manifiesta “en reiteradas oportunidades, esta Dirección Nacional se ha expedido en el sentido de privilegiar la expresión de voluntad de los afiliados en cuanto a la elección de los encargados de la conducción y administración de la entidad sindical, de modo tal que la elección recaiga y responda a las aspiraciones de la mayoría de sus integrantes con la finalidad de generar en su seno formas de convivencias pacífica”.
“En base a todas estas consideraciones, esto es, la ausencia de pronunciamiento judicial sustancial y firme, la importante participación de los afiliados en la elección y el elocuente sentido de expresión de su voluntad, correspondería la extensión de Certificado de Autoridades a favor de los electos…” y concluye: “Visto lo expuesto, elevo las actuaciones al Sr. Director Nacional a fin de que considere la emisión del mentado certificado de autoridades con carácter provisorio…”, “…quedando en cabeza del señor Secretario General , la responsabilidad del cumplimiento de dicha finalidad”.
Y con fecha del 27 del corriente mes el Director Nacional de Asociaciones Sindicales resuelve: “Dejo constancia en mi carácter de DIRECTOR NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES que la Entidad denominada: SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE CORDOBA con domicilio en DEAN FUNES 672 Piso – Dpto – Localidad CORDOBA Provincia Córdoba goza de Personería Gremial otorgada por Resolución número 630 de fecha 23/08/1963 e inscripta en el registro respectivo bajo el número 589, Legajo 3634, con carácter de entidad gremial de Primer Grado.
EXTIÉNDASE el certificado de autoridades correspondiente con carácter provisorio y por el plazo de 180 (CIENTO OCHENTA) días hábiles, dejándose constancia que el mismo se encuentra limitado a la realización de actos de administración y conservación del patrimonio y aquellos que sean propios de la actividad sindical y social de la entidad, quedando en cabeza del Secretario General la responsabilidad del cumplimiento de dicha finalidad”.
Expediente N° EX – 2023-121244476- -APN-ATCO#MT
Cabe aclarar que, desde la asunción del gobierno nacional encabezado por Javier Milei, todas las resoluciones de la DNAS son de carácter provisorio.
Compañeras y compañeros: los rumores maliciosos e infundados respecto a este tema, así como las publicaciones gráficas y digitales tendientes a horadar la actual gestión y la defensa de todos los afiliados, llevó a que el Secretariado considere aplicar las sanciones correspondientes, según lo establecido en nuestro Estatuto Sindical, a los responsables de los actos arriba mencionados, dado que los mismos provocaron, en más de una oportunidad, dilaciones e inconvenientes a gestiones emprendidas por la conducción, sumado al malestar generalizado que esta situación generó en su momento.
Nos referimos a lo difundido a través de un panfleto denominado “Medidor”, del cual Pereyra Julio y Aimino Gustavo manifestaron ser los responsables.
