El Consejo Directivo realizado el pasado 27 del corriente mes ratificó la decisión tomada por el Secretariado en cuanto a iniciar acciones legales contra el “impuesto a las ganancias”, en respuesta a la injusta restitución del mencionado “impuesto” por decisión del Gobierno Nacional, y dando continuidad al permanente reclamo de nuestro sindicato para dejar sin efecto el mismo.

Desde nuestro gremio venimos planteando en todas las instancias orgánicas la necesidad de impulsar y realizar medidas exigiendo el cese de este atropello al conjunto de los trabajadores; en este sentido cabe destacar que esta presentación es un acto más dentro de las medidas individuales y articuladas con el resto del movimiento obrero tanto nacional como provincial, en movilizaciones, pronunciamientos, etc.

Por un lado, el Compañero Secretario General, Jorge Molina Herrera, en nombre del Sindicato, promovió una acción de inconstitucionalidad colectiva contra el Estado Nacional, para que se declare la inconstitucionalidad e invalidez de la ley N° 27.743. Asimismo, ha requerido una medida cautelar para que se deje sin efecto la aplicación de dicho tributo mientras se tramita el pleito de todos los afiliados.

La causa tramita en el Juzgado Federal N° 3, a cargo del juez Miguel Hugo Vaca Narvaja, bajo la carátula “SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE CORDOBA c/ ESTADO NACIONAL S/ ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” (FCB 11529/2024).

Esta presentación colectiva fue acompañada de la presentación individual de tres compañeros que han promovido acción de amparo ante los Juzgados Federales de Córdoba N°1 y 2, a cargo de Alejandro Sánchez Freytes, para la defensa de sus derechos, solicitando la declaración de inconstitucionalidad e invalidez de la ley N° 27.743 y se ordene a EPEC que deje de retener el impuesto a las ganancias en la liquidación de los próximos salarios.

El compañero Secretario General firma la acción de inconstitucionalidad colectiva contra el Estado Nacional, y el requerimiento de la medida cautelar para que se deje sin efecto la aplicación de dicho tributo