Los afiliados que estén próximos a cumplir la edad jubilatoria o se encuentren en condiciones de empezar el trámite, tienen asesoramiento permanente, sin ningún costo, por parte de nuestra asesoría previsional.

Si ya han recibido la notificación de cese laboral de EPEC, los esperamos para iniciar el expediente de jubilación, con la Dra. Liliana Bustos, quien también tramite la pensión por fallecimiento del jubilado titular.

Nuestra asesora los atenderá gustosamente los miércoles de 10 a 14 horas en la oficina del 3º piso, debiendo concurrir con su N° de CUIL y clave de Ciudadano Digital (CiDi).

Recordemos que la secretaría además asesora por impuesto a las Ganancias y temas jurídicos.

Bonificación art. 77 y Obra Social

Compañeros/as: ya estando jubilado o pensionada, es necesario que verifiquen en la factura de luz si se les aplica la tarifa por energía bonificada (tarifa de empleado – art. 77 CCT). Esto puede verse en DETALLE DE LIQUIDACIÓN DE CONSUMO.

Como la factura no se va a descontar más por el recibo de sueldo de activo, tendrán que acceder a la boleta por otros medios, por ejemplo, adhiriendo a la factura electrónica o imprimiéndola desde la página de EPEC.

También es importante que se dirijan a la Obra Social con la resolución del beneficio previsional para tramitar la continuidad de la afiliación.

Continuidad de afiliación al Sindicato

Los compañeros y compañeras en situación de pasivos, deberán efectuar el trámite de continuidad de la afiliación al Sindicato en la Secretaría de Previsión Social, de lunes a viernes de 8 a 14 horas.

Documentación a presentar: Recibo de haberes, DNI original, dos fotos 4×4 y resolución del beneficio de jubilación o pensión, según corresponda.