En la mañana del pasado miércoles, el Consejo Directivo mantuvo una reunión de trabajo con los abogados defensores Tristán Gavier e Iván Mochkofsky —dos de los tres letrados que representan a nuestros compañeros—, quienes ofrecieron un informe exhaustivo y minucioso sobre el proceso judicial cuya primera instancia culminó el martes 2, cuando el Tribunal Oral Federal N.º 2 absolvió de manera categórica a quienes estaban imputados por lavado de activos de origen ilícito y asociación ilícita. Este repaso permitió contextualizar el desarrollo de la causa, las estrategias adoptadas por la defensa y los elementos que demostraron la inconsistencia de las acusaciones más graves, de evidente origen político.

Durante la exposición, los abogados precisaron distintos aspectos relevantes del expediente, analizaron las pruebas incorporadas y respondieron cada una de las inquietudes planteadas por los compañeros presentes. Asimismo, adelantaron que será apelada la condena en suspenso por administración fraudulenta, subrayando la plena vigencia del principio de presunción de inocencia consagrado en la Constitución Nacional mientras se sustancien las instancias recursivas. También remarcaron que el fallo admite cuestionamientos fundados que serán planteados ante los tribunales superiores.

Finalizado el informe, los letrados se retiraron y se dio paso a un extenso intercambio entre los miembros del Consejo. En ese espacio, todos los presentes expresaron su apoyo y solidaridad con los compañeros injustamente involucrados en la causa, destacando la importancia de sostener la unidad y la organización frente a este tipo de embates. Por último, se trabajó en la redacción del comunicado que se publica a continuación.

Las y los compañeros integrantes del Consejo Directivo colmaron la Biblioteca del segundo piso

EL FALLO QUE DERRUMBÓ LA OPERACIÓN POLÍTICA

La Justicia Federal, mediante un fallo unánime, absolvió a nuestros compañeros de las imputaciones más graves previstas en los artículos 210 y 303 del Código Penal.

La sentencia, emitida por el Tribunal Oral Federal N.º 2 de Córdoba, se dictó en el marco de la causa promovida por los querellantes particulares Héctor Agustín Tosco, Julio Alberto Pereyra, Elvio Gustavo Aldo Aimino, Alberto Delfín Jara, Ángel Santiago Cuello, Raúl Héctor Luján, Carlos Julio Vergara y Miguel Ángel Brocal, todos afiliados activos o jubilados de esta institución, representados por la Dra. Mabel Edith Sessa.

El Tribunal resolvió absolver a los compañeros Jorge Molina Herrera y Fernando Navarro de los delitos de asociación ilícita (art. 210) y lavado de activos de origen ilícito (art. 303). A la vez, dispuso condenas en suspenso por administración fraudulenta, al considerar que los fondos del Fondo Compensador debían aplicarse exclusivamente al pago de los jubilados. Según esta interpretación, la utilización de parte de esos recursos para turismo social o préstamos personales —actividades que beneficiaban de manera directa a los afiliados y cuyos montos se reintegraban al Fondo— habría excedido los fines previstos en la normativa específica.

Lo esencial del fallo es que la Justicia dejó claramente establecido que no existió beneficio económico personal para ninguno de los imputados. Quedó demostrado que no hubo enriquecimiento indebido, desvío ilícito de fondos ni estructura alguna destinada a obtener ganancias ilegítimas. En el mismo sentido, la compañera Victoria Yanina Molina fue totalmente absuelta.

El tribunal, integrado por los jueces Noel Costa, José Fabián Asís y Carolina Prado, fue categórico: ninguno de los acusados se apropió de dinero del sindicato ni obtuvo ventaja personal. Este elemento central desbarata por completo la operación política que intentó, por la vía judicial, lo que no había podido lograr a través de la participación democrática del gremio: desplazar a la conducción legítimamente electa.

En relación con el manejo del Fondo Compensador, la sentencia señala que no correspondía utilizar dichos recursos para actividades distintas del pago a jubilados. Sin embargo, también reconoce que las erogaciones realizadas —préstamos personales y turismo social— eran reintegradas por los propios afiliados y respondían a prácticas históricas del gremio. Las penas en suspenso, fijadas entre los 4 y 6 años, serán recurridas ante la Cámara Federal de Casación Penal por considerarse injustas y estigmatizantes, dado que no se verificó perjuicio económico al Fondo ni lucro personal de los administradores.

Un aspecto institucional de gran relevancia es que el Tribunal dispuso el fin de la intervención de Gendarmería Nacional sobre el Fondo Compensador y ordenó el inmediato retorno de su administración a manos de la conducción legítima, encabezada por el compañero Jorge Molina Herrera, elegida democráticamente con la participación de más del 90% del padrón de afiliados. Además, determinó que ninguna pena se hará efectiva hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación deje firme la sentencia y que no cabe ningún tipo de inhabilitación para ejercer cargos gremiales.

Este pronunciamiento deja nuevamente al descubierto la inconsistencia de la operación impulsada por una minoría interna. Desde sus inicios, su accionar no estuvo orientado a fortalecer la vida institucional del sindicato, sino a desgastar y cuestionar a la conducción mediante denuncias infundadas, discursos alarmistas y maniobras mediáticas sin sustento.

El fallo terminó por revelar la fragilidad de ese armado político que intentó instalar sospechas donde no existían hechos y generar un clima artificial de crisis para confundir a las y los afiliados. Estas prácticas no solo no contribuyen al bienestar del gremio, sino que lo dividen, lo debilitan y favorecen intereses ajenos a la clase trabajadora.

La sentencia del Tribunal Oral Federal N.º 2 no solo absolvió a nuestros compañeros de los delitos más graves, sino que también desarticuló la narrativa construida por este minúsculo sector que pretendió obtener, por vía judicial, lo que jamás logró conquistar mediante el respaldo democrático de los afiliados. La derrota política de ese sector queda nuevamente evidenciada en su incapacidad para aceptar el veredicto de las urnas y en su persistencia en sustituir la voluntad colectiva por operaciones y denuncias carentes de sustento.

Esta maniobra se derrumba una y otra vez porque carece de legitimidad, de coherencia y de apoyo gremial. Queda claro que quienes la impulsan no representan a la comunidad trabajadora de Luz y Fuerza, sino únicamente intereses particulares, ajenos a la unidad, la responsabilidad institucional y la defensa de nuestro sindicato como herramienta colectiva de las y los trabajadores.

¡VIVA LUZ Y FUERZA!

CONSEJO DIRECTIVO

El compañero Secretario General Jorge Molina Herrera preside la reunión informativa junto a los abogados patrocinantes